Residencia de por Vida en Panamá para Jubilados

Si usted es jubilado o pensionado en su país, usted califica para una RESIDENCIA DE POR VIDA EN PANAMÁ con CÉDULA PANAMEÑA y múltiples beneficios.  De acuerdo al Servicio Nacional de Migración de Panamá, no existe una edad mínima ni máxima para calificar bajo ésta modalidad, solamente será necesaria la comprobación de su condición de jubilado o pensionado en su país para obtener todos los beneficios.  

SOBRE LA ENTIDAD QUE JUBILA

La ley migratoria panameña permite que usted aplique siendo un jubilado o pensionado de una entidad pública en su país. Estas pueden ser: “Cajas de Seguro Social” o “Fondos de Jubilación Públicos”; así como también de entidades públicas administrativas del tipo: "Universidades Públicas, Ministerios,  Empresas Estatales o similares", siempre y cuando usted reciba dicha pensión o jubilación de "por vida". 

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Monto de Jubilación Mensual

El jubilado o pensionado debe recibir un monto mensual de 1,000 dólares, a cambio oficial de su moneda.  Usted puede presentar esta certificación de jubilación mensual “en su moneda”, ya que en Panamá se realizará la conversión correspondiente al dólar.

TIEMPOS PARA LA APLICACIÓN A RESIDENCIA COMO JUBILADO 

Una vez que su Visa sea aprobada, por favor planifique visitar Panamá al menos 2 semanas, ya que se debe solicitar el cambio de moneda en su  carta de jubilación, además debe preparar ciertas formas migratorias en nuestra oficina, antes de aplicar. Debe registrarse antes de la solicitud de residencia, lo cual toma al menos 1 día, y nuestro equipo de realizar ciertos tramites (notarias, timbres, legalizaciones, médicos, etc.).  Fuera de lo anterior, el jubilado debe dejar depositado su pasaporte en migración al menos 2 días a fin de obtener el sello de “salidas múltiples” del país; y así, evitar multas futuras.

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Dependientes del Jubilado

El jubilado o pensionado puede aplicar con: ESPOSA, PADRES e hijos menores, pero la residencia para estos últimos será emitida de manera “temporal”, es decir, hasta que cumplan 25 años; siempre y cuando prueben que realizan estudios completos universitarios, no obstante no tendrán derecho a la permanencia ni a la condición de pensionado. Por otra parte, la ley establece que el solicitante deberá percibir adicionalmente 250 dólares mensualmente por cada dependiente, expresado en la carta de jubilación, o bien si se entrega una carta o referencia bancaria emitida por un banco local en Panamá donde se compruebe el ingreso de esa cantidad mediante un depósito mensual.

"Descuentos %" para Jubilados 

Al obtener una residencia como jubilado o pensionado en Panamá, además de recibir un tratamiento especial y privilegiado en bancos, restaurantes y diversos servicios locales, usted recibirá por Ley“descuentos” especiales en los siguientes rubros: 

  • 50% En Cines, Conciertos, Eventos Deportivos, etc.
  • 30% En Buses, Naves y Trenes
  • 25% En boletos aéreos
  • 50% En hoteles (Lunes a jueves) y 30% (Viernes a domingo).
  • 25% En restaurantes
  • 15% En comida rápida.
  • 15% En hospitales
  • 10% En recetadas
  • 20% En consultas médicas.
  • 15% En exámenes dentales y oculares.
  • 20% En Servicios técnicos
  • 50% En préstamos para la vivienda
  • 15% en préstamos personales
  • 25% En Servicios públicos.

Importante: Algunos comercios piden el carne de residencia como jubilado, y que el retirado posea la edad para aplicar descuentos ( 57 las damas y 62 los caballeros). 

El programa de “Residencia Permanente para Jubilados” es una excelente opción para aquellos que buscan un lugar tranquilo para disfrutar del retiro el extranjero. Panamá es un país amigable para el migrante, de bajo costo, y que además ofrece múltiples beneficios para los jubilados. Además, con la correcta aplicación, la residencia de por vida le será otorgada en un máximo de 2 meses.

Requisitos

El proceso para obtener la visa y residencia permanente como jubilado, es sencillo. Si usted recibe una jubilación o pensión en su país de una empresa pública o empresa privada, usted aplica.

  • Su renta o pensión mensual debe ser de 1000 dólares, en adelante.
  • La pensión debe estar concedida en forma “vitalicia”.

Para solicitar la visa y residencia permanente en Panamá como jubilado, se deben aportar los siguientes documentos:

  • Carta de jubilado o pensionado en el extranjero apostillada.
  • Antecedentes penales apostillados.
  • El poder y las formas que le solicite su abogado en Panamá.

Aplicación con Dependientes

Si el jubilado tiene dependientes (hijos menores, pareja, padres, etc.), puede aplicar junto a ellos, pero deberá aportar a favor del Servicio Nacional de Migración de Panamá, la suma adicional de 250 dólares, por cada dependiente.  Si tiene hijos mayores, también pueden aplicar, pero su permiso será temporal hasta que cumplan 25 años, siempre y cuando prueben que realizan estudios universitarios completos. 

Jubilarse de una Empresa Privada

El jubilado también puede ser pensionado de una empresa privada en su país, en cuyo caso deberá aportar una “carta de una empresa extranjera” y una “Carta de la empresa administradora de pensiones, del fideicomiso, de fondos mutuos, de seguros o de banca”, que certifique que la empresa privada tiene fondos para garantizar una pensión vitalicia del solicitante en Panamá.

Opción de Monto de jubilación en Pareja

Si su cónyuge también recibe una pensión o jubilación, pueden aplicar en conjunto, siempre y cuando lleguen a la misma suma de 1000 mensual.  

Si cumple con los requisitos, ¡no dude en contactarnos!.

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